Centro de Ayuda PREP Estado de México 2022






¿Qué son los
Computos?

Consisten en la suma de los resultados contenidos en las Actas de Escrutinio y Cómputo de las casillas en una Junta Municipal, para elecciones de Ayuntamientos. Obteniendo de esta manera los resultados definitivos de la elección.

Cómputos de Ayuntamientos por el Principio de Mayoría Relativa.

Son la suma que realiza el Consejo Municipal de los resultados anotados en las Actas de Escrutinio y Cómputo (AEC) de las casillas en una Junta Municipal, para determinar la votación obtenida en la elección de Ayuntamientos por el principio de Mayoría Relativa (125 Juntas Municipales). Constituyen los resultados definitivos de la elección y únicamente pueden cambiar derivado de alguna sentencia de los Tribunal Electorales del Estado de México y Federales.

Consejo Municipal

¿Cuándo se llevan a cabo?

El miércoles siguiente a la Jornada Electoral, a partir de las 8:00 horas se realiza el cómputo de manera sucesiva y sin interrupciones hasta su conclusión.

Al finalizar, se genera una Acta de Cómputo Municipal.

Cómputos para la integración de Ayuntamientos por el Principio de Representación Proporcional.



El Art. 27 del Código Electoral del Estado de México 2021 establece que los Ayuntamientos de los municipios podrán tener regidurías y sindicaturas electas según el principio de representación proporcional de acuerdo con los requisitos y reglas de asignación que establece este Código.

Las Regidurías de mayoría relativa y de representación proporcional tendrán iguales derechos y obligaciones. Las Sindicaturas electas por ambos principios tendrán las atribuciones que les señale el Código.

Para la elección de los Ayuntamientos de los municipios del Estado de México, se estará a las reglas definidas en el Artículo 28 de este Código.

Las reglas se enuncian en las fracciones I a la VIII del Artículo 28 de este Código.

Consejo Municipal

¿Dónde se llevan a cabo?

La asignación de Regidurías y Sindicaturas por el Principio de Proporcionalidad se realiza por el Consejo Municipal.

¿Cuándo se llevan a cabo?

El miércoles siguiente a la Jornada Electoral se realiza la asignación de Regidores y Síndicos de los Ayuntamientos bajo el Principio de Representación Proporcional por el Consejo Municipal.






¿Cómo opera
Computos?

Los cómputos Municipales inician el próximo miércoles 18 de mayo de 2022, posterior a la jornada electoral, a partir de las 8:00 horas, en el Consejo Municipal.

Iniciada la sesión de cómputo Municipal

Se abren los paquetes electorales que no tengan muestras de alteración, siguiendo el orden numérico de las Casillas.

Cotejo de Actas

Se comparan los resultados del Acta de Escrutinio y Cómputo (AEC) contenida en el paquete electoral, contra los resultados que de la misma obre en poder de la presidencia del Consejo Municipal

Si los resultados de ambas Actas coinciden, se asientan en las formas establecidas.

Referencia:

- Artículo 358 del Código Electoral del Estado de México 2021.



Se procede a realizar nuevamente el Escrutinio y Cómputo, si se detecta lo siguiente:

Si los resultados de las Actas no coinciden, sean ilegibles, el número de boletas no coincida con la Lista nominal o se detectaren alteraciones evidentes en las Actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección en la Casilla.

En caso de no existir el Acta de Escrutinio y Cómputo en el expediente de la Casilla, ni en el poder de la presidencia del Consejo.

Si presenta errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las Actas, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos a satisfacción plena de quién lo haya solicitado.

Cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las Candidaturas ubicadas en el primero y segundo lugares en votación.

Todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo Partido Político.





En caso de mostrar signos de alteración, se recuentan los paquetes.


Se suman los resultados y se obtiene el cómputo:

Ayuntamientos

Concluido el cómputo y emitidas las declaraciones de validez para las elecciones de Ayuntamientos, las presidencias de los Consejos Municipales expiden la las constancias de mayoría y validez a quienes obtengan el triunfo, salvo el caso en que los integrantes de las formulas sean inelegibles.



Referencia:

- Artículos 358 y 373 del Código Electoral del estado de México 2021